Dirección del Trabajo ha recibido 510 denuncias por vulneraciones a la Ley de 40 Horas
El 27% de las denuncias proviene de trabajadores y trabajadoras del comercio.
La Dirección del Trabajo (DT) ha recibido 510 denuncias por infracciones a la Ley N°21.561 de 40 Horas desde su entrada en vigor el 26 de abril. Este dato fue informado en el primer informe de denuncias, presentado el 27 de mayo.
Durante una actividad oficial, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara; el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo; el director del Trabajo, Pablo Zenteno, y el presidente de la CUT, David Acuña, divulgaron las estadísticas.
La ministra Jara destacó que 31 mil empresas han notificado al Servicio de Impuestos Internos su intención de reducir la jornada laboral en 2024. En 2023, 18.481 empresas ya habían adoptado la jornada de 40 horas, beneficiando a 256.246 trabajadores.
El director del Trabajo señaló que la implementación de la norma ha sido exitosa, con un alto cumplimiento empresarial. Las 510 denuncias recibidas representan solo el 5,81% del total de denuncias registradas por la DT en el último mes.
Las denuncias abarcan 17 aspectos de la ley que pueden ser sancionados en caso de incumplimiento.
Las 5 materias más denunciadas son:
- No dar cumplimiento a las disposiciones legales referidas a la reducción de la jornada ordinaria semanal de 44 horas:268
- Exceder la jornada ordinaria semanal de trabajo de 44 horas:123
- Excluir de la limitación de la jornada sin cumplir requisitos legales:46
- No acordar o comunicar calendario para distribución de horas de trabajo en ciclo:40
- Adecuar la jornada de trabajo a 44 horas semanales en forma unilateral:28
Cada denuncia puede contener hasta nueve infracciones distintas, lo que en este informe eleva a 581 el número de menciones a vulneraciones a la ley de 40 Horas.
Los sectores sancionados son:
- Comercio:39
- Industria manufacturera:3
- Otras actividades de servicios:3
- Transporte y almacenamiento:2
- Agricultura:1Construcción:1
- Actividades profesionales, científicas y técnicas:1Atención de salud y asistencia social:1
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Las materias sancionadas son:
- Adecuar la jornada de trabajo sin respetar la progresividad proporcional en su reducción: 19
- Adecuar la jornada de trabajo a 44 horas semanales en forma unilateral: 11
- Exceder la jornada ordinaria semanal de trabajo de 44 horas (Ley 40 horas): 9
- No requerir el acuerdo previo al sindicato de la empresa, por el sistema de distribución de la jornada de trabajo, aplicable a un trabajador afiliado a tal sindicato: 7
- No fijar de común acuerdo, entre empleador y trabajador, un calendario con distribución diaria y semanal de las horas de trabajo del ciclo: 5
Las multas aplicadas han ascendido a un total de $176.303.442.
Fuente: dt.gob.cl